Auto Supremo AS/0273/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2015-RRC

Fecha: 27-Abr-2015

El recurrente para fundar su recurso de casación, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo


El recurrente para fundar su recurso de casación, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, emitido dentro del proceso penal seguido por la comisión del delito de Robo Agravado, en el que el Tribunal Primero de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, concluyó el juicio oral con la dictación de Sentencia por la cual, declaró al imputado autor del citado delito, condenándolo a la pena privativa de libertad de diez años de presidio. De este decisorio, recurrió el imputado de apelación restringida, resuelta por la Sala Penal Segunda de la ex Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que mediante Auto de Vista de 27 de abril de 2006, declaró improcedentes las cuestiones planteadas y confirmó la Sentencia; formulado el recurso de casación, la extinta Corte Suprema en el Auto Supremo mencionado, fundamentó su decisión asumiendo que el Auto de Vista omitió realizar un análisis congruente con los motivos del recurso de apelación restringida formulados por el recurrente acudiendo a la relación de fórmulas o “muletillas”, aspecto que se constituye en un vicio absoluto que atenta contra el derecho a la defensa y al debido proceso, derivado de una resolución insuficientemente motivada, delineando la siguiente doctrina legal aplicable: “El sistema de la sana crítica, otorga a las partes la libertad de escoger los medios de prueba para comprobar sus pretensiones, ya sea la hipótesis acusatoria como la tesis de defensa; en tal sentido, las características fundamentales de la sana crítica son: la inexistencia absoluta de dogmas legales sobre la forma en que se deben probar los hechos o sobre el valor que debe otorgarse a cada prueba, de modo que el juez puede admitir cualquier medio de prueba que estime útil y pertinente para comprobar el objeto de conocimiento