Auto Supremo AS/0281/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2015

Fecha: 30-Abr-2015

ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs. 310 a 311 vta., interpuesto por Octavio Rocha y Adela Calderón Rivera de Rocha y el recurso de casación en la forma de fs. 315 a 317 interpuesto por Cinthia Rocha Calderón, impugnando el Auto de Vista Nº 420 / 2009, de fecha 13 de noviembre de 2009, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de La Paz, ahora Tribunal Departamental de La Paz, dentro del proceso de Cumplimiento de obligación seguido a instancia de Graciela Susana Ticona Cuba contra Octavio Rocha Cáceres, Adela Calderón Rivero de rocha y Cinthia Nitta Rocha Calderón, la respuesta de los recursos de fs. 322 a 323 y de fs. 331 a 332, la concesión de fs. 333, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Graciela Susana Ticona Cuba interpone demanda de cumplimiento de obligación manifestando que mediante documento privado reconocido realizó un préstamo de dinero por el monto de $us. 6.000en favor de Octavio Rocha y Adela Calderón por el plazo de 50 días, con la intervención de su hija Cinthia Rocha quien con su puño y letra modificó el plazo inicial que era de 90 días para reducirlo a 50 días, el préstamo estaba destinado a cubrir la fianza económica que debía pagar Adela Calderón de Rocha dentro del proceso penal iniciado por Alfredo Arredondo, por el delito de giro de cheque en descubierto