Auto Supremo AS/0281/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2015

Fecha: 30-Abr-2015

Del recurso de casación interpuesto por Octavio Rocha Cáceres y Adela Calderón de Rocha

En conocimiento de los mencionados recursos la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de la Paz pronunció Auto de Vista Nº 420/2009 por el que confirmó la Sentencia Nº 110/09 de fecha 26 de marzo de 2009, con costas en ambas instancias
Contra esta resolución de Alzada los codemandados Octavio Rocha Cáceres y Adela Calderón de Rocha interpusieron recurso de casación en el fondo, Asimismo la codemandada Cinthia Rocha Calderón interpuso recurso de casación en la forma los cuales se analizan:
CONSIDERANDO II:DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Del recurso de casación interpuesto por Octavio Rocha Cáceres y Adela Calderón de Rocha:
Los recurrentes interponen recurso de casación en el fondo indicando que el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de Vista no realiza una debida fundamentación ni emite argumentos jurídicos que sustentan la determinación asumida de confirmar la Sentencia apelada, vulnerando con ello el derecho al debido proceso, al no exponer motivadamente las razones por las cuales se determinó la inexistencia de agravios denunciados por nuestra parte en el recurso de apelación suprimiendo con ello una parte estructural de la Resolución, como es la motivación. Indica también que se emitió una resolución carente de motivación por una parte y sin resolver por otra los puntos apelados que estaban contenidos en el recurso de apelación