Auto Supremo AS/0281/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2015

Fecha: 30-Abr-2015

La recurrente argumenta interponer el recurso de casación en la forma en previsión de


Del recurso de casación en la forma interpuesto por Cinthia Rocha Calderón
La recurrente argumenta interponer el recurso de casación en la forma en previsión de los arts. 254. Inc.1) y 6) y 257 y 258 del Código de Procedimiento Civil, indicando que el Auto Vista Nº 420/09 de fecha 13 de noviembre de 2009 es antijurídico e ilegal, pues dicho fallo no se pronunció sobre la apelación diferida interpuesta por Cinthia Rocha Calderón en contra de la resolución 204/2006, de fecha 24 de abril de 2006, cursante a fs. 153 a 154 tal cual lo establece la providencia de fs. 160 de obrados, apelación diferida en la que se señala que la fundamentación expuesta se reservaba en forma conjunta con la de una eventual apelación de la sentencia definitiva, misma que se encontraba apelada y fundamentada en forma oportuna por lo que correspondía que el Juez A quo conceda la apelación de ambas resoluciones Nº 204/06 y Nº 110/09 en el Auto de concesión de apelación de fs. 296 vta., por cuanto la apelación diferida como su nombre lo indica difiere el tratamiento del proceso pero de ninguna manera se niega el mismo, a fin de que el Tribunal de Alzada se pronuncie en derecho y justicia, esta omisión en el Auto de concesión del recurso de apelación amerita que el Tribunal de Alzada anule obrados hasta el vicio más antiguo