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    Auto Supremo AS/0080/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0080/2015-L

    Fecha: 05-May-2015

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    • Auto Supremo Nº 80/2015-L
    • Expediente: LP.417/2010
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Quinto de Partido del Trabajo y
    • En grado de apelación formulada por ambas partes (fs
    • El referido fallo, motivó a ambas partes plantear recurso de casación, la entidad demandada a
    • Transcribe el texto de los arts
    • Indica que la actora ingreso como consultora al FONDESIF el 1 de febrero de 2002,
    • Agrega que por la documentación de fs
    • Concluye expresando que al evidenciarse que tanto la sentencia como el auto de vista, otorgaron
    • En el recurso de casación deducido por la actora, acusa
    • Que estas particularidades son confirmadas por el art
    • Que resulta atentatorio a sus intereses que el tribunal de apelación haya convalidado un tiempo
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    • Expresa que no se ha valorado que la sentencia dispone no ser aplicable la multa
    • Indica que al determinar la juez que su relación con la parte contraria fue laboral
    • Concluye solicitando al Supremo Tribunal que case en parte el auto de vista recurrido y
    • En cuanto al recurso de casación en el fondo deducido por la entidad demandada, en
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    • Además, teniendo en cuenta el carácter tutelar del derecho laboral, es menester señalar que los
    • Por último, cabe manifestar que con relación a la acusación de infracción del art
    • En el marco legal descrito, se concluye no ser evidentes las infracciones y violaciones acusadas
    • Con referencia al recurso de casación deducido por la actora, respecto a la acusación de
    • Por lo expuesto, se reconoce el tiempo de servicios de la actora a partir del
    • En ese contexto, se concluye que al ser deber primordial del Estado proteger los derechos
    • Respecto a la violación del art
    • Por los razonamientos expresados, se concluye que la decisión del tribunal de alzada de confirmar
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.

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