Auto Supremo AS/0080/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2015-L

Fecha: 05-May-2015

Agrega que por la documentación de fs

Añade que si bien es cierto que la demandante marcaba tarjeta en algunas ocasiones, pero por la jerarquía que tenía de Directora de Asesoría Legal, no tenía control alguno por lo que no se le descontó nunca por atrasos; y, que como funcionaria pública realizó declaraciones juradas en la Contraloría General de la República, requisito que es aplicable únicamente para funcionarios públicos.
Agrega que por la documentación de fs. 264 a 281 se demostró que como consecuencia de la Auditoría especial realizada por el Ministerio de Planificación del Desarrollo a los pagos indebidos de beneficios sociales, la Contraloría General de la República emitió el informe UAI Nº 012/2008 y su informe complementario Nº 028/2008 en el que se establece indicios de responsabilidad civil solidaria en contra de los que recibieron pagos de beneficios sociales y los que emitieron informes legales por apropiación arbitraria de bienes patrimoniales del Estado