Ahora bien el debido proceso, entre otros elementos, está compuesto o integrado por el juez
Ahora bien el debido proceso, entre otros elementos, está compuesto o integrado por el juez natural, garantía que emerge del art. 117.I de la CPE que señala: "Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada” y del art. 120.I que dispone: “Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con autoridad al hecho de la causa” y en relación a este, el art. 122 de la misma CPE, establece: "Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley", siendo este el marco constitucional que sustenta el principio del juez natural, que es entendido por la doctrina como el juez competente que de acuerdo a las normas jurídicas previamente establecidas, conforme criterios de territorio, materia y cuantía, es el llamado para conocer y resolver una controversia judicial, y así también lo establece el art. 12 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) al señalar: "(Competencia) Es la facultad que tiene una magistrada o magistrado, una o un vocal, una jueza o un juez, o autoridad indígena originaria campesina para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto", por lo que se concluye que Juez natural, es aquel determinado por la ley
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2009, cursante de fs
- Las recurrentes solicitan que el presente caso se anule hasta el estado de la admisión
- Mediante Auto Supremo 029/2015-RA-L, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- El Juzgado Cuarto de Partido y de Sentencia de El Alto de la entonces Corte
- a) La Sentencia contiene una serie de contradicciones, porque no es cierto que Juana Huanca
- b) La Sentencia consideró como elemento de prueba, las declaraciones de los acusadores en violación
- e) Las pruebas fueron judicializadas infringiendo el art
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,
- Este Tribunal admitió el recurso abriendo su competencia para verificar la posible vulneración del principio-garantía
- III.1. Marco Legal y Doctrinal
- III.1.1. Del debido proceso y el Juez natural
- El art
- Ahora bien el debido proceso, entre otros elementos, está compuesto o integrado por el juez
- III.1.4. El principio non bis in ídem
- Es un aforismo que proviene del latín que significa “no dos veces lo mismo”, y
- Este principio encuentra su vigencia en la primera parte del parágrafo II del art
- Por lo señalado anteriormente, se deja asentado que el principio non bis in ídem se
- Al respecto se debe tener en cuenta lo establecido en el Auto Supremo 207 de
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: Porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- Cuando a tiempo de emitir un decisorio, los Tribunales no observan los presupuestos señalados supra,
- De la doctrina legal aplicable contenida en los Autos Supremos glosados precedentemente, es posible determinar
- III.2.Análisis del caso en concreto
- Las recurrentes afirman que en su recurso de apelación restringida denunciaron la inobservancia del art
- De la normativa precedentemente analizada y del mandato establecido por los arts
- En autos se evidencia que las recurrentes, en su recurso de apelación restringida, denunciaron entre
- Del análisis realizado, se evidencia que el Auto de Vista impugnado en inobservancia de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
