Auto Supremo AS/0208/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2015-RRC-L

Fecha: 08-May-2015

Del análisis realizado, se evidencia que el Auto de Vista impugnado en inobservancia de los


Del análisis realizado, se evidencia que el Auto de Vista impugnado en inobservancia de los arts. 124 y 398 del CPP, contradice la doctrina legal asumida por este Tribunal respecto de la debida fundamentación, porque el Tribunal de alzada, no dio una respuesta fundamentada y motivada, además de coherente, sobre la denuncia de un doble procesamiento, pese a que las recurrentes hicieron hincapié en que el hecho denunciado ya fue resuelto por la justicia originaria campesina, por lo que le corresponde analizar toda la normativa señalada en el punto III.1. de la presente Resolución; en consecuencia, el Tribunal de alzada al no emitir su resolución de manera motivada incurrió en vulneración del debido proceso; en cuyo mérito, corresponde dejar sin efecto la Resolución recurrida