Auto Supremo AS/0216/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

De lo señalado se establece que el Tribunal de alzada incurrió en contradicciones que se


De lo señalado se establece que el Tribunal de alzada incurrió en contradicciones que se materializan a lo largo del Auto de Vista impugnado. Al margen de lo cual, incluye una exigencia, como es la judicialización de prueba documental que demuestre que Ruly Albuna Salcedo hubiera presentado una imputación contra las apelantes por la comisión de delitos que no cometieron; requisito que no resulta indispensable, desde el punto de vista jurídico, habida cuenta que como se analizó anteriormente, el tipo penal contenido en el art. 283 del CP, no exige la presentación de una imputación como acto judicial, es decir, interpuesta ante la autoridad pública competente sobre la comisión de un delito a efectos de acomodar su conducta a la configuración del tipo penal; al contrario, lo que corresponde a quien denuncia por dicho delito es demostrar que por cualquier medio se le atribuye falsamente de la comisión de un delito; para lo cual, no se requiere en definitiva, una imputación formal; lo que además resulta materialmente imposible, puesto que la imputación es un acto judicial que se encuentra reservado para el Ministerio Público, y el delito que se analiza no ingresa dentro del ámbito de la acción pública, por tanto, tampoco sería factible exigir la presentación de una imputación formal por un delito de acción privada, en el que no guarda participación el Ministerio Fiscal; pese a ello, las recurrentes afirman haber presentado un certificado de la FELCC, que demuestra no existir denuncia alguna en su contra, prueba que fue omitida completamente por los Vocales, pese a la obligación que tenían de revisar la logicidad de la fundamentación sobre la valoración de la prueba; siempre desde un punto de vista integral, refiriéndose al universo de los elementos probatorios, y no solamente a una parte de ellos, vislumbrando un probable análisis sesgado y parcial