Auto Supremo AS/0216/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

Desarrollado el juicio oral, el Juez Sexto de Sentencia de la entonces Corte Superior del


Desarrollado el juicio oral, el Juez Sexto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó la Sentencia 020/2008 de 17 de enero; por lo que, declaró a los imputados absueltos de la comisión del delito de Calumnia, previsto y sancionado por el art. 283 del CP, por prueba insuficiente. Sin imposición de costas y sin lugar a que inicien acción recriminatoria contra las querellantes; de acuerdo a los siguientes fundamentos:

a) Por todo lo visto y oído en el contradictorio, se llegó a establecer que las expresiones vertidas por Jaime Rodríguez Iturri en la Asamblea General de Trabajadores del Hospital de la Mujer, de 8 de marzo de 2007, fueron realizadas en su condición de Secretario Ejecutivo de la Federación Sindical de Trabajadores en Salud de La Paz, y dentro de ese contexto en el marco de las atribuciones que conlleva ser dirigente sindical, sin que ello lo exima de la responsabilidad disciplinaria que pueda existir, en caso de haber ejercitado sus funciones con exceso y abuso de autoridad