Auto Supremo AS/0217/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2015-RRC-L

Fecha: 13-May-2015

2) Señaló que se vulneró la seguridad jurídica, debido a la falta de fundamentación al


2) Señaló que se vulneró la seguridad jurídica, debido a la falta de fundamentación al responder sobre el planteamiento de la errónea aplicación de la ley sustantiva (art. 37 del CP), teniendo en cuenta que la primera Sentencia fue por la condena y la segunda absolutoria, siendo inaplicable el artículo referido en ambas resoluciones, además no se podría aplicar la fijación de la pena en una sentencia absolutoria (arts. 37, 38, 39 y 40 del CP); por tanto, el Auto de Vista es contradictorio porque tomó en cuenta la aplicación de los referidos artículos, lo que a criterio suyo constituye defecto absoluto insubsanable, sobre este motivo invocó el Auto Supremo 443 de 11 de octubre de 2006