Auto Supremo AS/0217/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2015-RRC-L

Fecha: 13-May-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, se emitió la Sentencia 09/2008 de 26 de noviembre (fs. 92 a 102), la cual fue anulada totalmente por Auto de Vista 54/2009 de 17 de febrero de 2009, (fs. 200 a 208) que ordenó la reposición del juicio por otro Juez; en cuyo mérito, se desarrolló el nuevo juicio, una vez concluido se dictó la Sentencia 01/2010 de 1 de febrero (fs. 317 a 327 vta.), pronunciado por el Juez de Sentencia Segundo de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, quién declaró a los imputados Cecilio Rivera Challgua, Constantino Rivera Llajsa y Armando Rivera Llajsa, absueltos de la comisión del delito de Alzamiento de Bienes o Falencia Civil, previsto y sancionado por el art. 344 del CP, respecto al primero en grado de autoría, con relación al segundo y tercero en grado de complicidad.

b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Inocente Vargas Vela interpuso recurso de apelación restringida (fs. 350 a 358); resuelto por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Auto de Vista 137/2010 de 10 de mayo (fs. 386 a 391 vta.), que declaró inadmisibles los motivos segundo y cuarto e improcedentes los motivos primero y tercero del recurso planteado, motivando la interposición del presente recurso de casación