Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 108/2015-RA-L de 4
I.1.1. Motivos del recurso de casación
Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 108/2015-RA-L de 4 de marzo, se extraen los motivos a ser analizados en la presente Resolución, sobre los cuales, este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del CPP:
1) Refirió que el Auto de Vista en los motivos primero y tercero al confirmar la Sentencia revalorizó la prueba producida en juicio debido a que le otorgó valor a declaraciones testificales, aspectos que extractó de las conclusiones segunda y cuarta, situación que constituiría defecto absoluto. Al respecto invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 16 de 26 de enero de 2007
- Por memorial presentado el 1 de junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 108/2015-RA-L de 4
- 2) Señaló que se vulneró la seguridad jurídica, debido a la falta de fundamentación al
- 3) Indicó la existencia de incongruencia omisiva por la falta de pronunciamiento de un punto
- I.1.2. Petitorio
- Por lo expuesto, el recurrente solicita se dicte resolución declarando la doctrina legal aplicable establecida
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- II.2.De la apelación restringida del querellante
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Este Tribunal admitió el recurso de casación interpuesto por el recurrente a objeto de verificar
- El recurrente denunció que el Auto de Vista confirmó la Sentencia revalorizando la prueba producida
- Con relación al precedente se debe tener en cuenta que el mismo emerge de la
- “Constituye uno de los elementos esenciales del debido proceso la correspondiente fundamentación de las resoluciones,
- La Corte Suprema de Justicia, intérprete de la legalidad, cumple una función unificadora de la
- Que el Tribunal de Casación ha establecido una línea doctrinal concerniente a los aspectos que
- Que el penalista Franz Von Liszt, conceptualiza: La pena como un mal que el Juez
- Del análisis del precedente se puede establecer puntualmente respecto de la aplicación de los artículos
- III
- Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 8/2007 de 26 de enero, del cual se
- Cuando se evidencian violaciones flagrantes al procedimiento y defectos absolutos insubsanables en el Auto recurrido,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
