Auto Supremo AS/0312/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0312/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Del recurso de casación y del Auto Supremo 081/2015-RA de 03 de febrero, se extrajo


I.1.1. Motivos del recurso

Del recurso de casación y del Auto Supremo 081/2015-RA de 03 de febrero, se extrajo el siguiente motivo, sobre el cual, este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ):

El recurrente denuncia que de los memoriales de apelación restringida presentados, por el Ministerio Público y acusador particular; y por otra, el imputado, advierte que en ningún momento se hizo mención a un defecto absoluto sobre incumplimiento y/o falta de exclusión probatoria de la prueba del Ministerio Público “DICTAMEN PERICIAL DOCUMENTOLÓGICO EMITIDO POR EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FORENSES” (sic), codificada como “MP-4”; por cuanto, durante la tramitación de la etapa conclusiva del proceso, legalmente se excluyó la “prueba del ministerio público MP-4 FOTOCOPIA SIMPLE DE MINUTA DE COMPRA VENTA DE UN LOTE DE TERRENO DE 200.00 MTS2” (sic); a cuyo efecto, asevera que existían dos pruebas del Ministerio Público signadas como “MP-4”, las que fueron confundidas entre sí por los miembros del Tribunal de alzada, afectando sus intereses legales, provocándole un agravio, siendo que se anuló totalmente la Sentencia; por lo que, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en actividad procesal defectuosa, incongruencia omisiva, error de derecho y resolución extra petita, debido a que otorgaron más allá de lo solicitado, omitiendo en su totalidad los argumentos de su apelación restringida, efectuando a continuación una correlación del expediente a partir de la formulación de la acusación pública, afirmando que a partir de la enmienda a la acusación fiscal, el Ministerio Público cambió la numeración de las pruebas; sin embargo, en el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, que se encontraba en posesión de la prueba de cargo, no se modificó la codificación de las mismas, provocando su duplicidad de etiquetado o numeración; por ende, por un lado existía la prueba “MP-4”, dictamen pericial documentológico (legalmente introducida a juicio); y por otro, la fotocopia simple de la minuta de compra venta de un lote de terreno de 200 m2