Ahora bien respecto a la liquidación efectuada por el Juez de primera instancia existiría un
Ahora bien respecto a la liquidación efectuada por el Juez de primera instancia existiría un error, al reconocer el derecho a la vacación y aguinaldo, cabe señalar que en cuanto a las vacaciones el Tribunal de Alzada ya dilucido dicho reclamo estableciendo que no corresponde reconocer el derecho de vacación y menos el reconocimiento de su compensación en dinero, al considerar que las vacaciones solamente son reconocidas pasadas el año de trabajo, por lo que no merece mayor análisis al respecto al ser un reclamo que ya fue concedido a la parte recurrente
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Alejandro Mugravi Hurtado la suma de Bs
- a)Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- b)Manifestó también que en la liquidación efectuada por el Juez de primera instancia existiría un
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, con
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
- De esta manera, el principio protector consiste en darle mayor defensa al trabajador frente al
- Es importante también referirnos a uno de los principios rectores del derecho laboral, como es
- Ahora bien; sobre el caso particular, es importante señalar que el actor a tiempo de
- Citada que fue la parte demandada con la demanda social, ésta mediante escrito de fs
- La Sentencia de primer grado (fs
- Al respecto debe recordarse, que conforme a la naturaleza propia del proceso laboral y su
- Conforme lo señalado, en la especie se advierte que el Juez a quo, efectuó
- Siendo oportuno mencionar en relación a las declaraciones testificales de descargo, donde acreditarían supuestamente la
- Evidenciándose más al contrario que el Tribunal ad quem valoró correctamente las pruebas aportadas
- Ahora bien respecto a la liquidación efectuada por el Juez de primera instancia existiría un
- En cuanto al aguinaldo; según lo analizado precedentemente y advirtiéndose que el actor trabajó por
- No se regula honorario del profesional Abogado, por no haber respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
