Siendo oportuno mencionar en relación a las declaraciones testificales de descargo, donde acreditarían supuestamente la
Siendo oportuno mencionar en relación a las declaraciones testificales de descargo, donde acreditarían supuestamente la inexistencia de relación laboral; que de la valoración de dichas literales en sujeción a lo dispuesto por el art. 253.3) del CPC, este Tribunal advierte del contenido de las mismas y en relación al punto en mención, que las mencionadas literales más bien reconocieron la existencia de algunas actividades que realiza la parte actora en cuanto a trabajos domésticos, de tal manera, conforme al contenido de las declaraciones testificales en mención, no se advierte, tal cual afirma el recurrente en su recurso, que los testigos hayan corroborado la inexistencia de una relación laboral; no configurándose de tal manera la fe probatoria necesaria dispuesta por el art. 169 del CPT, no siendo evidentes de tal manera los reclamos al respecto
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