En cuanto al aguinaldo; según lo analizado precedentemente y advirtiéndose que el actor trabajó por
En cuanto al aguinaldo; según lo analizado precedentemente y advirtiéndose que el actor trabajó por más de noventa días, y siendo el aguinaldo un derecho que adquieren las trabajadoras y los trabajadores por prestar sus servicios por cuenta ajena, el mismo que fue instituido por Ley de 18 de diciembre de 1944 "Ley de Aguinaldo de Navidad" como una gratificación a empleados y obreros, hasta antes del 25 de diciembre de cada año, corresponde su pago, tal como establecieron los de Instancia, al constar que la parte demandada no ha demostrado haber cumplido con esta obligación oportunamente, teniendo el demandante derecho a su reembolso, por ser un derecho adquirido e irrenunciable
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Alejandro Mugravi Hurtado la suma de Bs
- a)Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- b)Manifestó también que en la liquidación efectuada por el Juez de primera instancia existiría un
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, con
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
- De esta manera, el principio protector consiste en darle mayor defensa al trabajador frente al
- Es importante también referirnos a uno de los principios rectores del derecho laboral, como es
- Ahora bien; sobre el caso particular, es importante señalar que el actor a tiempo de
- Citada que fue la parte demandada con la demanda social, ésta mediante escrito de fs
- La Sentencia de primer grado (fs
- Al respecto debe recordarse, que conforme a la naturaleza propia del proceso laboral y su
- Conforme lo señalado, en la especie se advierte que el Juez a quo, efectuó
- Siendo oportuno mencionar en relación a las declaraciones testificales de descargo, donde acreditarían supuestamente la
- Evidenciándose más al contrario que el Tribunal ad quem valoró correctamente las pruebas aportadas
- Ahora bien respecto a la liquidación efectuada por el Juez de primera instancia existiría un
- En cuanto al aguinaldo; según lo analizado precedentemente y advirtiéndose que el actor trabajó por
- No se regula honorario del profesional Abogado, por no haber respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
