Auto Supremo AS/0331/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2015-RRC

Fecha: 29-May-2015

De la respuesta otorgada por el Tribunal de alzada se evidencia que la misma ha


De la respuesta otorgada por el Tribunal de alzada se evidencia que la misma ha sido debidamente fundamentada, toda vez que el apelante en su recurso de apelación claramente hizo alusión directa al querellante y al Ministerio Público, en sentido que no hubieren demostrado con prueba su responsabilidad penal, argumentación equivoca en esta clase de recursos, ya que la misma debió estar orientada a los agravios que sufrió a partir de la emisión de la sentencia, esto conforme establece el art. 284 del CPPabrg, que señaló: “(Apelación de las sentencias) Procede la apelación de las sentencias, sean condenatorias, absolutorias o de inocencia y de las que se concedieren o negaren la suspensión condicional de la pena y el beneficio de libertad condicional…” (Resaltado nuestro). Es decir la apelación es concerniente a la sentencia emitida por el juzgador y no así sobre aspectos referidos por el querellante, menos a las opiniones vertidas por el Ministerio Público en sus requerimientos fiscales; toda vez que conforme precisó el Tribunal de apelación, estos no son más que mera opiniones que pueden ser tomadas en cuenta o no en la dictación de su fallo