Auto Supremo AS/0331/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2015-RRC

Fecha: 29-May-2015

II.2.Apelación incidental


Asimismo, anteriormente a este hecho el 28 de mayo de 1996, aproximadamente a hrs. 12:30 en el camino carretero hacia el nevado Chacaltaya un grupo de encapuchados en número de cinco, con características similares a los hechos anteriores detuvieron el minibus de la empresa de Turismo Diana Tours, en cuyo interior se encontraban turistas extranjeros, quienes fueron atracados y despojados de todo valor económico y documentos, siendo atacado por disparo de bala el conductor para posteriormente a consecuencia de ello fallecer; además que la turista de nacionalidad sueca fue violada por cuatro de los cinco atracadores. Llegándose a establecer que los principales autores serían Germán Sirpa, Luis Machaca Guachalla y Marcelino Mamani Quispe, en base a las pruebas e investigaciones y requisas que se realizaron en los domicilios de Germán Mamani Sirpa y Fernando Surco, debiendo tenerse presente que Germán Mamani “cuando fue detenido se le encontró en posesión de una billetera de cuero negro y en cuyo interior se encontraba documentos que pertenecían al súbdito extranjero (…) víctima del atraco de Chacaltaya con muerte y violación, en el citado pase de a bordo, en el reverso se encontró letras y firmas de Germán Mamani Sirpa plenamente establecidos con los informes grafológicos (…) el mismo que trato de desconocer su propia firma” (sic); además, el imputado mencionado no demostró que dicho elemento incriminatorio le fue entregado por otra persona, pero se tiene que con Marcelino Mamani tuvieron rencillas por la posesión de dicha billetera, de acuerdo a los antecedentes del proceso. Ahora bien, este imputado estando prófugo fue detenido ya que habría participado de manera directa en otro atraco a mano armada en la localidad de Sorata.

II.2.Apelación incidental