Auto Supremo AS/0331/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2015-RRC

Fecha: 29-May-2015

Por otro lado, es errado la afirmación que realiza el recurrente en sentido que en


Además, el denunciante efectúa un reclamo genérico, sin especificar sobre qué aspectos o elementos la Corte de apelación no realizó la correcta fundamentación, lo cual genera la imposibilidad de poder atender su reclamo.

Por otro lado, es errado la afirmación que realiza el recurrente en sentido que en juicio no se demostró su participación en los hechos atribuidos, toda vez que en la Sentencia en base a todas las pruebas tanto testificales como físicas se llegó a determinar de manera inequívoca su participación en el atraco con muerte y violación de persona el 28 de mayo de 1996, en el sector de Chacaltaya; sobre todo porque en su poder se le encontró una billetera de cuero con pasaje de IBERIA, (pase a bordo) documento correspondiente a una de las víctimas, en el que estaba inscrito algunos datos, escritura que luego de un examen pericial determinó que Germán Mamani Sirpa, fue quien pulsó lo escrito; entonces no puede pretender desconocer estos aspectos que fueron tomados en cuenta por el juzgador, y que fue ratificado en segunda instancia por el Tribunal de apelación; consecuentemente el presente motivo deviene como infundado