Auto Supremo AS/0344/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2015

Fecha: 18-May-2015

En ese entendido, resulta evidente que el contribuyente, a pesar de haber sido emplazado a

En ese entendido, resulta evidente que el contribuyente, a pesar de haber sido emplazado a la presentación de la documentación que demuestre la efectiva realización de sus transacciones, antes y después de la Vista de Cargo, en el presente caso no lo hizo, aun siendo que de acuerdo a lo previsto en el art. 70.4 y5 del CTB, se encontraba obligado a respaldar adecuadamente los reparos, mediante la presentación de documentación pertinente, establecidos de forma obligatoria por los arts. 36, 37 y 40 del Código de Comercio (Ccom), y conforme a la carga de la prueba establecida en el art. 76 del CTB