Auto Supremo AS/0293/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2015-RRC-L

Fecha: 15-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) El Juez Sexto de Instrucción en lo Penal Cautelar de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz en procedimiento abreviado, pronunció la Sentencia 248/2009 de 9 de julio (fs. 194 vta. a 196), que declaró al imputado Reynaldo Roberto Flores Espinoza, autor y culpable de la comisión del delito Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro, previstos y sancionados por los arts. 261 y 262 del CP, condenándole a la pena de tres años de reclusión a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, quedando habilitada la vía legal para el reclamo del daño civil a favor de la víctima, con costas a favor del estado por Bs. 300.

b) Contra la mencionada Sentencia, Carlos Enrique Ramírez Altamirano y Claudia Jennyffer Ramírez Altamirano interpuso recurso de apelación restringida (fs. 216 a 217 vta.), resuelto por Auto de Vista 702/2009 de 26 de octubre (fs. 270 a 272 vta.), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, la cual declaró improcedente el recurso de apelación restringida y en consecuencia confirmo la Sentencia apelada, motivando el presente recurso de casación.

I.1.1. Motivo del recurso de casación

Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 148/2015-RA-L de 10 de abril, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, sobre el cual, este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP)