Auto Supremo AS/0379/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2015-RRC

Fecha: 15-Jun-2015

Seguidamente en el punto de la sentencia referido a la fijación de la pena, el


Seguidamente en el punto de la sentencia referido a la fijación de la pena, el Tribunal de Sentencia estableció: “La pena por el delito de ‘Incumplimiento de contratos’ conforme previene el Art. 222 del C.P. fluctúa de 3 a 8 años de reclusión, no obstante al efecto de su imposición, se debe tomar en cuenta lo previsto por los Arts. 37 y 38 del Código Penal