Auto Supremo AS/0128/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

Por otro lado manifiesta que, la referida prueba de fs

Por otro lado manifiesta que, la referida prueba de fs. 150 junto con la testimonial de Juan Mateo Equise, demuestran que el vínculo de trabajo se extinguió a mediados de la gestión 2006, razón por la cual, al haberse presentado la demanda en septiembre de 2009, es decir después de tres años de aquella fecha, la excepción perentoria de prescripción se encuentra probada, por lo que el auto de vista, igualmente incurre en interpretación y aplicación indebida de la ley, al margen de incurrir en error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba conforme establecen los incs. 1) y 3) del art. 253 del C. de Pr. Cv. y vulneró el art. 236 del citado procedimiento, al no haberse pronunciado sobre todos los puntos resueltos por el inferior y que fueron objeto de apelación