Auto Supremo AS/0130/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

Añade que de acuerdo con el art

Añade que de acuerdo con el art. 300 par. 1) inc. 7 de la Constitución Política del Estado, ley Nº 17, Ley transitoria para el funcionamiento de entidades territoriales autónomas, su Decreto Reglamentario Nº 0567, Ley 031 de 19 de julio de 2010 (Ley Marco de Autonomías y Descentralización) la que dispone la abrogación del Decreto Supremo Nº 25060 y su decreto modificatorio, disposiciones que permitieron la elaboración y dictación del decreto departamental 02/2010 el que dispone la liquidación del SEPCAM, por lo que hace improcedente la reincorporación de los demandantes, preceptos que no fueron aplicados correctamente por el juez ad quem ya que con esta ley quedan suprimidos los servicios departamentales como es el SEPCAM, siendo obligación de los jueces la consideración y conocimiento de tales normativas para su aplicación en los casos que correspondan como el presente