Auto Supremo AS/0134/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

En cuanto a la acusación en sentido que el tribunal ad quem incurrió en error

En cuanto a la acusación en sentido que el tribunal ad quem incurrió en error de hecho y de derecho e infringió los arts. 1286 del CC. y 397 del Cód. de Pdto. Civil, al no valorar la prueba cursante de fs. 27 a 32, referida a la acción de Amparo Constitucional interpuesto de su parte, que evidenciaría que no estaba de acuerdo con el cambio de funciones y la rebaja de sueldo, se observa que estas acusaciones resultan infundadas, porque la demanda de Amparo Constitucional interpuesta por el actor en contra de la institución ahora demandada, mediante el cual pretendió su restitución al puesto de trabajo inicial de administrador Regional de la Caja Petrolera de Salud, al no utilizar ni agotar previamente la vía conciliatoria ni de la judicatura laboral, el Tribunal de garantías, declaró improcedente in limine el indicado recurso Constitucional, según se desprende de la literal cursante a fs. 33, que es emergente de dicha acción interpuesta por memorial de fs. 27 a 32, que no fueron valoradas conforme al tenor del auto de vista