Auto Supremo AS/0134/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

Por consiguiente, se concluye que la juez a quo, al disponer la

Por consiguiente, se concluye que la juez a quo, al disponer la reincorporación del actor en el puesto que ocupaba como médico Gineco Obstetra, interpretó correctamente los alcances de lo previsto por el citado art. único parágrafo I del DS. Nº 0495 de 1 de mayo de 2010, modificatorio del parágrafo III del art. 10 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que establece, cuando se comprueba que un despido es injustificado corresponde disponer la reincorporación inmediata de la trabajadora o trabajador al mismo puesto que ocupaba al momento de su despido, más el pago de sus salarios devengados, norma que resulta aplicable al caso por analogía, al estar demostrado el despido injustificado del actor del referido cargo, por lo que el tribunal ad quem, al confirmar en parte la sentencia de primera instancia, no incurrió en la violación, aplicación indebida, menos interpretó erróneamente ley alguna