Auto Supremo AS/0151/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2015-L

Fecha: 10-Jul-2015

Agrega que con relación a lo expresado por el juez a quo en relación a

Agrega que con relación a lo expresado por el juez a quo en relación a que la parte demandada no ha demostrado la verdadera causal de retiro de la trabajadora, su mandante ha cumplido en desvirtuar la fecha de retiro de CEAMIS SRL, no correspondiéndole hacerlo respecto a CEAMIS Calacoto, controversia que debe resolverse entre Tatiana Aranibar y Carola Ortiz en razón a que en 2007 trabajó con ella, habiéndose violentando y agraviando la garantía a la seguridad jurídica conforme el art. 23 de la nueva Constitución Política del Estado