Auto Supremo AS/0151/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2015-L

Fecha: 10-Jul-2015

Que de ninguna manera se trató de evadir a la ley pues la propietaria de

Que de ninguna manera se trató de evadir a la ley pues la propietaria de CEAMIS Calacoto a fs. 255 reconoció la relación laboral de la Sra. Ortiz con su empresa por el periodo 2005 al 2007, habiendo presentado sus planillas por separado en las que desde el 2006 al 2007 se encuentra la actora, conforme declararon los testigos, y a pesar de que se ha reconocido la relación laboral del 2003 al 2005, los jueces de instancia pretenden que su mandante pague beneficios sociales por un tiempo que no le corresponde cuando la actora tenía que reclamar por ese tiempo de servicios a CEAMIS Calacoto