El referido fallo de segunda instancia, motivó a la institución demandada a través de su
El referido fallo de segunda instancia, motivó a la institución demandada a través de su representante legal a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 419 a 422, en el que esgrime los siguientes fundamentos:
Expresa que no se encuentra en controversia el tiempo de servicios anteriores al 1 de enero de 2003, habiéndose declarado el tiempo de servicios ininterrumpido a partir de esa fecha, pues la actora mintió al afirmar que trabajó continuamente desde el 2000, resultando impertinente la cita del certificado del año 2000 y otros de esa época. Que la verdadera controversia radica en la determinación de la legitimidad pasiva de la empresa demandada CEAMIS SRL, es decir hasta cuando tenía ésta la obligación de pagar beneficios sociales y otros a la actora. Que no fue su mandante como dueña de CEAMIS S.R.L. quien despidió a la demandante careciendo de legitimidad pasiva para responder por algo que no hizo
Expresa que no se encuentra en controversia el tiempo de servicios anteriores al 1 de enero de 2003, habiéndose declarado el tiempo de servicios ininterrumpido a partir de esa fecha, pues la actora mintió al afirmar que trabajó continuamente desde el 2000, resultando impertinente la cita del certificado del año 2000 y otros de esa época. Que la verdadera controversia radica en la determinación de la legitimidad pasiva de la empresa demandada CEAMIS SRL, es decir hasta cuando tenía ésta la obligación de pagar beneficios sociales y otros a la actora. Que no fue su mandante como dueña de CEAMIS S.R.L. quien despidió a la demandante careciendo de legitimidad pasiva para responder por algo que no hizo
- Auto Supremo Nº 151/2015-L
- Expediente: LPZ. 555/2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo de Partido del Trabajo y
- Luego de la solicitud de complementación y enmienda, por Auto de 1 de febrero de
- En grado de apelación formulada por la empresa demandada a través de su representante legal
- El referido fallo de segunda instancia, motivó a la institución demandada a través de su
- Indica que existen dos empresas que por el nombre y actividad se parecen, pero que
- Que de ninguna manera se trató de evadir a la ley pues la propietaria de
- Añade que con relación a los sueldos devengados de 24 días de enero de 2007,
- Agrega que con relación a lo expresado por el juez a quo en relación a
- Arguye que se violentó el art
- Indica que se debe evaluar que entre el 24 de febrero de 2005 (fecha de
- Concluye solicitando se resuelva el recurso “…REVOCADO el Auto de Vista y deliberando en el
- La principal controversia en el caso de autos radica en el fundamento del recurrente en
- En mérito a lo expresado, se tiene que el Tribunal ad quem acertadamente expresó: “…el
- En ese entendido, se desprende que el tribunal ad quem valoró correctamente las pruebas, conforme
- En referencia a la afirmación de la prescripción operada por haber transcurrido 2 años y
- En cuanto a la acusación de que se violaron los derechos de su mandante, al
- Por los razonamientos expresados, se concluye que la decisión del tribunal de alzada de confirmar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
