Auto Supremo AS/0151/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2015-L

Fecha: 10-Jul-2015

Indica que existen dos empresas que por el nombre y actividad se parecen, pero que

Indica que existen dos empresas que por el nombre y actividad se parecen, pero que son diferentes y pertenecen a diferentes personas por lo que el tiempo de servicios y las cargas sociales deben ser asumidas por ambas en la proporción que les corresponde, pues el propio auto de vista reconoce que CEAMIS S.R.L. (demandada) y CEAMIS Calacoto son dos diferentes empresas, sin embargo ratifica la sentencia con dos superfluos argumentos de que esa es una ficción de la ley, y que la actora recién se enteró en la presente acción de que eran empresas diferentes