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    Auto Supremo AS/0172/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0172/2015

    Fecha: 29-Jul-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • 30% acorde a lo que dispone el art
    • por Oscar Silva Vásquez, interpone recurso de
    • sostiene que el demandante prestó sus servicios laborales, solo en base a la
    • Acusa también, que el tribunal de alzada y el juez de primera instancia incurrieron en
    • Agrega además, que el memorándum mediante el cual se hizo conocer al actor,
    • De otra parte señala que, la sanción establecida por el arto 9 del
    • 28699, es aplicable únicamente cuando se trata de despido injustificado, que no es el caso,
    • Concluye señalando que, la Corte Suprema de Justicia case
    • mismo, de donde se establece lo siguiente
    • la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, y no sobre vulneraciones o
    • Con relación a la denuncia de que el auto de vista,
    • Sobre el particular, en principio es menester señalar que, en previsión a los
    • En el caso presente, el recurrente sustenta su denuncia haciendo referencia al segundo
    • Por lo expuesto, se concluye que el recurrente no cumplió con las referidas cargas procesales
    • 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, propugnan el principio de inversión de la
    • parte recurrente no desvirtuó con prueba fehaciente lo sostenido en su recurso, toda
    • de la causa no se advierte ninguna violación al derecho de defensa de las partes
    • incurrieron en error de hecho en la apreciación y valoración de la prueba
    • Con referencia a lo que atañe al juez
    • En cuanto al tribunal de alzada, sobre el reclamo de no haberse valorado la referida
    • En lo concerniente al memorándum, cuyo objeto fue una llamada de atención y una orden
    • esencia del recurso de casación, puesto que, no acusa disposición legal alguna que considere
    • En definitiva el recurso de casación carece la
    • asalariado hasta el día anterior a la fecha en que se realice el pago del
    • 30% del monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor"
    • la conclusión de la relación laboral"
    • A su vez el parágrafo III del mismo cuerpo legal complementa: "En caso que el
    • legal sanciona el incumplimiento de pago de beneficios sociales dentro el plazo de los 15
    • la multa, debía haber cancelado el total de beneficios sociales, aspecto que no
    • recurso de casación, se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
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