Auto Supremo AS/0172/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0172/2015

Fecha: 29-Jul-2015

30% del monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor"


II. En caso que el empleador incumpla su obligación en el plazo establecido en el presente artículo, pagará una multa en beneficio del trabajador consistente en el
30% del monto total a cancelarse, incluyendo el mantenimiento de valor"