Auto Supremo AS/0242/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2015

Fecha: 29-Jul-2015

CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación en el fondo y en la

CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación en el fondo y en la forma, de la revisión de los antecedentes cursantes en el expediente, la normativa aplicable al caso concreto, se ingresa a resolver el mismo conforme a la fundamentación que sigue:
Resolviendo en el fondo, en cuanto a la vulneración del art. 6 de la LGT y 6 de su DRLGT, por el tribunal de alzada, al convertir los contratos a plazo fijo en tiempo indefinido; corresponde precisar inicialmente que el Derecho Laboral, se ha ido enriqueciendo según la doctrina y principios que sostienen la regulación de una determinada institución jurídica e inspiran el verdadero sentido de las normas con particularidades distintas y diferentes de otras ramas y disciplinas del derecho, cuya finalidad, no sólo es orientadora e interpretativa; sino, que se encuentra destinada principalmente a solucionar casos concretos. A tal efecto, se encuentra el “principio de la continuidad laboral”, positivado en el art. 4.I.b) del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que textualmente dispone: “b) Principio de la Continuidad de la Relación Laboral, por el cual a la relación laboral se le atribuye la más larga duración imponiéndose al fraude, la variación, la infracción, la arbitrariedad, la interrupción y la sustitución del empleador”, que implica que a toda relación laboral se le debe dar la más larga duración posible ante hechos arbitrarios o vulneratorios de los derechos reconocidos a favor de los trabajadores, velando siempre en lo permisible por la protección de estos