Auto Supremo AS/0242/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2015

Fecha: 29-Jul-2015

En la forma, citando el inc

En la forma, citando el inc. 7 del art. 254 del Código de Procedimiento Civil (CPC), acusó que el auto de vista al sostener el incumplimiento por el juez a quo del art. 197 del CPC, no sería relevante, en mérito al principio de celeridad y relevancia del acto, afectó al debido proceso, a la defensa y a la seguridad jurídica, en razón al entendimiento del Tribunal Constitucional a través de la Sentencia Constitucional Nº 0820/2012 de 20 de agosto, refirió que el art. 197 del CPC debe ser aplicado de forma obligatoria más aun siendo una regla procesal de orden público y la consulta de oficio es imperativa, en resguardo de los intereses del Estado. Incurriendo por tanto en total contravención de los arts. 90.II y 197 del CPC en razón de que independientemente de la apelación, debió remitir en consulta de oficio por estar en riesgo los intereses del Estado y que las normas de orden público son de cumplimiento obligatorio, incurriendo por tanto en vicio de nulidad