Auto Supremo AS/0242/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2015

Fecha: 29-Jul-2015

Por su parte, nuestra Constitución Política del Estado conforme a esta visión protectiva regula pautas

Por su parte, nuestra Constitución Política del Estado conforme a esta visión protectiva regula pautas interpretativas de las normas laborales, estableciendo su art. 48.II: “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador”. Sobre el punto de análisis, el art. 12 de la LGT, establece que el contrato de trabajo puede pactarse por tiempo indefinido, cierto tiempo o realización de obra o servicio