Auto Supremo AS/0317/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2015-RRC-L

Fecha: 14-Jul-2015

Aquí, se demuestra que el Tribunal de alzada no se conformó con explicar las razones


Aquí, se demuestra que el Tribunal de alzada no se conformó con explicar las razones por las cuales, la determinación asumida con relación al incidente planteado, fue correcto; sino, que además ingresó a realizar un análisis sobre la aplicación de los principios de trascendencia y conservación del acto procesal; puesto que si bien las partes que intervienen en la causa, tienen a su alcance, la facultad de plantear incidentes de exclusiones probatorias u observar la admisibilidad de la prueba, en resguardo y protección a la libertad probatoria a que tienen derecho las mismas, a efectos de asegurar que los medios probatorios ingresados al proceso, observen las formalidades previstas en la norma adjetiva penal; sin embargo, no debe perderse de vista que dicha denuncia debe tener relación directa con actividad procesal defectuosa por existencia de defecto absoluto, dado que solo éstos no son susceptibles de convalidación cuanto el quebrantamiento de la forma está vinculado a la protección de un derecho o garantía constitucional