Auto Supremo AS/0352/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2015-RRC-L

Fecha: 06-Jul-2015

La inobservancia de las normas procesales referidas a la notificación de las resoluciones judiciales, siempre


La inobservancia de las normas procesales referidas a la notificación de las resoluciones judiciales, siempre y cuando cause grave perjuicio o no hubiera sido convalidado, constituye defecto absoluto no susceptible de convalidación conforme a la previsión del artículo 169.3) del Código de Procedimiento Penal, ya que acarrea la restricción de los derechos y garantías previstos en la Constitución, las Convenciones y Tratados internacionales vigentes y en este Código. Sólo el efectivo conocimiento de las resoluciones judiciales asegura que no se provoque indefensión en la tramitación y resolución en todo proceso”