En ese contexto también, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el
En ese contexto también, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador, a tiempo de tener acceso a la prueba idónea para acreditar o desvirtuar determinados hechos, como por ejemplo a la prueba documental, caso en el que el legislador, con el ánimo de compensar esta situación, ha previsto que en los procesos laborales la carga de la prueba es obligatoria para la parte patronal y facultativa para el trabajador, conforme disponen los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT; es decir, que en materia laboral rige el principio de inversión de la prueba, correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador, siendo simplemente una facultad del actor trabajador la de ofrecer prueba, más no una obligación
- CONSIDERANDO I
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista Nº 55/2011
- Que, a mérito de esos antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
- Al respecto, cabe aclarar que la valoración y compulsa de las pruebas, es una atribución
- Que, debe precisarse que el art
- En ese contexto también, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el
- Que, en el caso de análisis, se visualiza que la parte recurrente no ha desvirtuado
- Por lo anotado, se concluye que en el caso de examen, las pruebas a las
- Que, es preciso establecer que, en su sentido procesal, la prueba es un medio de
- A mayor abundamiento, corresponde referir que por disposición de la Ley de 23 de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
