Auto Supremo AS/0526/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2015

Fecha: 10-Jul-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 4) y 274 del Código de Procedimiento Civil, CASA parcialmente el Auto de Vista Nº 073/2010 de fecha 26 de febrero de 2010, cursante de fs. 283 a 285, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la entonces Corte Superior de La Paz y deliberando en el fondo declara improbada la demanda ordinaria de nulidad de Escritura Pública, cancelación en Derechos Reales interpuesta por Dionicio Quispe Choque, Vicenta Quispe Persona, Gregoria Quispe Persona, Bruna Rosario Quispe Persona y Paulina Quispe Persona, manteniéndose subsistente respecto a los daños y perjuicios que también fue declarado improbado por el Tribunal Ad quem