Auto Supremo AS/0568/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0568/2015

Fecha: 15-Jul-2015

En la forma

También acusa la violación del art. 1289 del Código Civil, al haberse desbaratado los argumentos de la demanda, debido a que el documento público de 09 de agosto de 2000 tiene fuerza probatoria y hace plena fe de las declaraciones que contiene, por lo que debió respetarse esa norma. Además acusa violación del art. 115 de la Constitución, porque el Auto de Vista se funda en una prueba sin validez como la cursante a fs. 511, lo que acreditaría que los conjueces no hubieran realizado los antecedentes del proceso.
Concluye solicitando se case o en su caso se anule obrados hasta que se dicte un nuevo Auto de Vista.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En la forma:

El recurso de casación en la forma o nulidad está orientado a que el Tribunal de casación revise los errores “in procedendo”, es decir, errores de procedimiento que se hubiera cometido en su desarrollo violando las formas esenciales del proceso que afecten el derecho a la defensa de las partes, sancionadas con nulidad por la ley. Bajo ese parámetro, el recurso de casación si bien anuncia recurso de nulidad, en todo su contenido, no se concreta los agravios de forma que se hubiera cometido en el proceso que, además, afectaría su derecho a la defensa, limitándose a consideraciones de una aparente omisión de determinadas pruebas que, por ser cuestiones propias a la decisión de fondo asumida, no permiten consideración en un recurso de nulidad bajo los parámetros antes establecidos