Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0255/2015
Fecha: 27-Ago-2015
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Auto Supremo Nº 255/2015
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Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.67/2015
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Distrito: Santa Cruz
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Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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CONSIDERANDO I: Que dentro del trámite de compensación de cotizaciones interpuesto por Adalberto Rojas Ibáñez,
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A su vez, el solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
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El Auto de Vista referido, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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Empero, refieren que a fs
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Cita en un acápite separado, el art
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CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
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Al respecto, revisados los antecedentes del proceso, se evidencia que el titular de la renta,
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Ahora bien, la documentación antes referida, evidencia con claridad que el asegurado, ingresó a trabajar
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Respecto al periodo comprendido entre el 20 de mayo de 1987 al 22 de mayo
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Lo referido, demuestra que no es evidente que se hubiera infringido alguna normativa, en mérito
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Por lo que, al no tomar en cuenta la Comisión de Calificación de Rentas del
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Pero además de ello, corresponde señalar que, el sistema de Compensación de Cotizaciones resulta ser
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Al respecto, la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009, crea
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De ahí, se tiene que el sistema de Compensación de Cotizaciones tiene como finalidad principal,
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En ese contexto y considerando los alcances de protección que tiene el derecho a la
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De esta manera, en resguardo del derecho fundamental a la Seguridad Social, en el supuesto
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En ese sentido, por mucho que el solicitante no hubiera figurado en el listado del
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Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
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