Auto Supremo AS/0255/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2015

Fecha: 27-Ago-2015

Por lo que, al no tomar en cuenta la Comisión de Calificación de Rentas del

Por lo que, al no tomar en cuenta la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR los periodos reclamados, en base a la documentación presentada por el asegurado en tiempo oportuno, este Tribunal considera que fue correcta la aplicación de lo dispuesto por el DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004 por parte del tribunal ad quem, porque de manera acertada y en justicia restituyó los derechos que hacen a la seguridad social, que en el caso de examen se traducía en el reconocimiento real y verdadero de todos los años de trabajo que alegaba tener el trabajador, conforme la prueba que el misma presentó; en concordancia con lo señalado también por el art. 180.I de la CPE y 30.11 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), que establecen el principio de la verdad material como uno de los principios que fundamenta la jurisdicción ordinaria, con la finalidad de que toda resolución contemple la manera y como ocurrieron los hechos, en estricto cumplimiento de las garantías procesales, es decir, dando prevalencia a la verdad pura, a la realidad de los hechos, antes de subsumir el accionar administrativo y jurisdiccional en ritualismos procesales que no conducen a la correcta aplicación de la justicia