Auto Supremo AS/0255/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2015

Fecha: 27-Ago-2015

Respecto al periodo comprendido entre el 20 de mayo de 1987 al 22 de mayo

Respecto al periodo comprendido entre el 20 de mayo de 1987 al 22 de mayo de 1990, como ya se mencionó, el finiquito de fs. 11 y el certificado de 12, acreditan fehacientemente, las fechas de ingreso y retiro del trabajador, del Banco de Cochabamba SA, fechas que coinciden con las reclamadas por el asegurado; periodos que sin embargo, no fueron calificados por el SENASIR, omitiendo completamente la valoración de la documentación referida, argumentando que respecto a que los periodos 04/81 a 05/87 y 05/87 a 10/88, no fueron certificados debido a que el interesado no figura en el Estudio Matemático Actuarial y el certificado de trabajo presentado por el asegurado, está “sobre escrito”; el periodo 05/90, porque el interesado no figura en planillas y el periodo 11/95 porque trabajó menos de 16 días; siendo que, las literales mencionadas evidencian en su conjunto que el solicitante trabajó durante el tiempo reclamado; documentación que sirve de base para la calificación de compensación de cotizaciones