Auto Supremo AS/0393/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

4) La Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en


4) La Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, art. 370 inc. 6) del CPP, puesto que en lo concerniente a la fundamentación probatoria, hace mención expresa a los testigos, quienes manifestaron claramente sobre los hechos acusados el 9 de octubre de 2008, porque el Sub Oficial Sebastián Quispe, manifestó que los imputados hicieron ingresar el dinero al Banco; es decir, estaban en el lugar de los hechos y fueron quienes sustrajeron el mismo. Asimismo no se valoraron las pruebas autosellantes por haber sido excluidas; sin embargo, en la Sentencia se hace mención a ellas, indicando que fueron presentadas y entregados los objetos a la autoridad competente; por lo que, el razonamiento expuesto por el A quo no tiene lógica ni razón alguna, ya que lo único que se excluyó fueron las bolsas con una anacrónica resolución; empero, las actas de entrega de las bolsas auto sellantes no se excluyeron; extremo que el Tribunal de juicio no valoró; como tampoco se dio valor a cada una de las pruebas introducidas al verificativo oral