Auto Supremo AS/0393/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

f) No se llegó a establecer la existencia de prueba pericial de huellografía


e) De toda la prueba introducida al juicio, siguiendo el fundamento fáctico de las dos acusaciones, no se encuentra elemento probatorio que acredite que una vez concluida la recepción de la remesa, Vladimir Garvizu Vargas hubiere salido del Banco con los $us.100.000.- (cien mil dólares estadounidenses), pues el ingreso de éste y de las autoridades superiores del Banco, contaminaron totalmente el escenario del hecho, más aún, cuando el 9 de octubre de 2008, al terminar la recepción, José Aurelio Ayllón volvió a ingresar dos veces nuevamente, y una de ellas, junto a José Luis Choque, a preparar dineros para el día siguiente. El 10 del mismo mes y año, ingresaron nuevamente a recoger ese dinero, para luego ingresar Henry Wilson Buergo Sagardia con Guelly Villca a sacar dineros para el normal funcionamiento de los cajeros, tanto en bolivianos como en dólares, y cuando extraía los dólares, José Aurelio Ayllón se dio cuenta del faltante y recién dio aviso a sus superiores, quienes igualmente ingresaron hasta la bóveda a buscar esos dineros; es decir, que concluida la recepción y conforme a las pruebas introducidas, mal se puede presumir la culpabilidad sólo de los tres acusados, cuando luego del supuesto hecho, varias personas ingresaron a la bóveda, como se tiene probado precedentemente.

f) No se llegó a establecer la existencia de prueba pericial de huellografía y otros, en dichas bolsas que correspondan mínimamente a uno de los acusados, pues la misma no se presentó en el juicio, como lo hace conocer el propio policía Huarayo, al señalar que los funcionarios del Banco recién dieron aviso del hecho en la tarde del viernes 10 de octubre de 2008, oportunidad en la cual, todo el escenario ya estaba contaminado; aspecto que impidió proceder a levantar huellas del lugar