Auto Supremo AS/0394/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

Argumentan, que el Tribunal de alzada incumplió los arts


b) Contra la referida Sentencia, los imputados Ciro Coca Vaca y Teresa Yaquelín Gómez de Coca, formularon recurso de apelación restringida (fs. 264 a 275); resuelto por Auto de Vista 12/2010 de 27 de febrero (fs. 285 a 287 vta.), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso de apelación restringida. Ante la solicitud de complementación y enmienda interpuesta por la querellante Paola Fanny Menacho Salazar. El tribunal de alzada, mediante Auto de 25 de marzo de 2010, determinó no haber lugar a la complementación.

I.1.1. Motivo del recurso

Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 240/2015-RA-L de 03 de junio (fs. 346 a 348 vta.), dictado en el caso de autos, se extrae la denuncia a ser analizada en la presente Resolución, aspecto sobre el cual este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del CPP.

Argumentan, que el Tribunal de alzada incumplió los arts. 410 y 411 del CPP, debido a que acompañaron pruebas que fueron ofrecidas y adjuntadas en su recurso de apelación restringida e indicaron que en audiencia fundamentarían su pretensión; sin embargo, el Tribunal de alzada emitió su resolución sin escucharlos en audiencia, lo cual vulnera su derecho a la defensa