Auto Supremo AS/0394/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2015-RRC-L

Fecha: 04-Ago-2015

En cuanto, concierne a la solicitud de audiencia de fundamentación del recurso de apelación restringida


En cuanto, concierne a la solicitud de audiencia de fundamentación del recurso de apelación restringida y el ofrecimiento de prueba, nuestro Código de Procedimiento Penal prevé en sus arts. 410 al 412 el trámite que se debe seguir para tal efecto; sin embargo, debe considerarse que la solicitud de fundamentación puede diferir del ofrecimiento de prueba previsto por el art. 411 del citado cuerpo legal, en el primer caso, la solicitud expresa de señalamiento de audiencia de fundamentación realizada por cualquiera de las partes, puede estar orientada a reforzar los argumentos sobre supuestos agravios cometidos por el Juez o tribunal inferior que considera deben ser analizados por el Tribunal de alzada, mientras que, en el segundo caso, el ofrecimiento de prueba debe ser pertinente para demostrar un defecto de procedimiento en que hubiese incurrido el inferior; en ambos casos, el Ad quem se encuentra compelido a fijar fecha de audiencia