Auto Supremo AS/0400/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

6) Haciendo mención a que en juicio se probó que el querellante mandó a labrar


6) Haciendo mención a que en juicio se probó que el querellante mandó a labrar el documento con su abogado y que su declaración inicial resultó contradictoria con la de los testigos de cargo, afirma, que se le negó la recepción del testimonio de descargo, bajo el argumento que las partes debieron estar presentes el día del juicio; empero, no se practicaron las citaciones, omisión atribuible al Órgano Jurisdiccional, tal como lo determinó la Sentencia Constitucional (SC) 115/2004-R de 28 de enero