Auto Supremo AS/0400/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0400/2015-RA-L

Fecha: 04-Ago-2015

En cuanto al noveno motivo, referido a que el Tribunal de alzada asumió que la


En cuanto al noveno motivo, referido a que el Tribunal de alzada asumió que la introducción del testigo Marcelo Parada, que no fue ofrecido como testigo, se trató de un lapsus calami, se advierte que además de resultar la denuncia genérica y confusa; por cuanto, no especifica de qué modo dicha actuación fue resuelta ante el Tribunal de Sentencia y que habría merecido el pronunciamiento cuestionado del de apelación, los recurrentes citan el Auto de Vista 62 de 26 de mayo de 2008, como doctrina legal aplicable; empero, sin acompañarlo al recurso de casación ni explicar si dicha Resolución adquirió calidad de cosa juzgada y no fue dejada sin efecto por una resolución emitida por la entonces Corte Suprema de Justicia o este Tribunal en forma posterior, conforme exige el Auto Supremo 211 de 6 de abril de 2004; a cuyo efecto, corresponde declarar su inadmisibilidad